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En la Guerra también hay derechos.  Jus in bello

Mariana Marchena


Confieso que desde que comenzó el primer ataque el 7 de Octubre quise releer información de esta guerra de vieja data cargada de sed de geografía (8 claves para entender el conflicto Israel –Palestina), pero era tanta la información y tan dura que no me daba chance de sentarme a escribir y no dejarme afectar por tanto dolor,  muerte,  injusticia y tanta atrocidad. Miles de imágenes sobre todo de niños, que al final son las verdaderas víctimas, sean de la nacionalidad y religión que sean. Ellas y ellos son el futuro del planeta, y estamos directa o indirectamente literalmente acabando con el futuro.


Estos son momentos para poner sobre la mesa nuestros prejuicios. A veces suelen ser impresionantes no solo las noticias, imágenes, reportajes, sino también las opiniones y comentarios en pro de un “bando” u otro, justificando la violencia y las muertes sin entender que al final ninguna violencia y ninguna muerte está justificada. Que la verdadera injusticia es que familias enteras ahora mismo están teniendo un sufrimiento sin precedentes. Al final la escalada de violencia es un círculo vicioso pues el objetivo en una guerra es acabar con el otro y utilizar la carta del “ojo por ojo, diente por diente”  y es MUY complicado desde la estrategia, la rabia y el resentimiento dar un alto al fuego. También desde el punto diplomático y político es complicado asumir una posición sin poner en riesgo intereses de toda índole. (Que para mí es un tema de cobardía y falta de ética. Una vergüenza… pero de esto hablaremos en otro momento) Pero sí hay un ente regulador en teoría neutro como lo es la CICR (Cruz Roja)  que es el «guardián» del derecho internacional humanitario.

El derecho internacional humanitario (DIH), o jus in bello, es el derecho que regula la forma en que se conducen las hostilidades. Su finalidad se describe en el enunciado y son derechos estrictamente humanitarios, mediante la protección y la asistencia a las víctimas en la mayor medida posible. Por ello, el derecho aborda la realidad de los conflictos sin considerar las razones o la licitud del recurso a la fuerza. Regula sólo los aspectos del conflicto que son de interés humanitario.  En teoría se aplican a las partes beligerantes independientemente de las razones del conflicto o de la justicia o la injusticia de las causas que defiende cada parte. El DIH protege también a las personas que no toman parte en las hostilidades, como son los civiles y el personal médico y religioso. Protege asimismo a las personas que ya no participan en los combates, por ejemplo, los combatientes heridos o enfermos, los náufragos y los prisioneros de guerra.

Los cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, son sólo algunos de los tratados que forman parte del DIH; sin embargo, existen más de una decena de tratados internacionales que hacen referencia a las normas que deben respetarse en los conflictos armados, como la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado y Reglamento para la aplicación de la Convención 1954, o los Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, o el Tratado sobre el Comercio de Armas, entre otros tantos más.


Por otro lado encontramos jus ad bellum que se diferencia del  jus in bello. Esta distinción se discutió a finales del siglo XX en los años 70 luego de la II Guerra Mundial. Los conceptos que entrañan ambos términos estaban presentes en los debates previos a esos acontecimientos, pero sin duda no existía una clara distinción entre ellos.

“El jus ad bellum (el derecho sobre el empleo de la fuerza) o el jus contra bellum (el derecho sobre la prevención de la guerra) procura limitar el recurso a la fuerza entre Estados. En virtud de la Carta de las Naciones Unidas, los Estados se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado (art. 2(4)). Se podrá exceptuar este principio en los casos de defensa propia y tras una decisión adoptada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.

En el caso de los conflictos armados internacionales, suele ser difícil determinar qué Estado es culpable de haber infringido la Carta de las Naciones Unidas. La aplicación del derecho humanitario no implica la denuncia de partes culpables, pues ello podría suscitar controversias y paralizar la aplicación del derecho, ya que cada parte adversaria alegaría ser víctima de agresión. Además, la finalidad del DIH es proteger a las víctimas de la guerra y sus derechos fundamentales, más allá de la parte a la que pertenezcan. Por ello, el jus in bello debe ser independiente del jus ad bellum o del jus contra bellum.”


Recuperado de   : https://www.icrc.org/es/doc/war-and-law/ihl-other-legal-regmies/jus-in-bello-jus-ad-bellum/overview-jus-ad-bellum-jus-in-bello.htm

Al menos confío en que algún ente que no sea político pueda regular o salvaguardar a las víctimas. En una guerra no hay ni buenos ni malos, solo víctimas.  La guerra y la violencia NUNCA está  justificada. Bombardeos a escuelas y ambulancias, decapitar niños frente a sus padres, muestran cadáveres como trofeos de guerra, concierto multitudinario cantando y celebrando bombardeos, jefes de gobierno justificando asesinatos… Titulares como estos no deberían existir.

«Odia el delito y compadece al delincuente».

Martutene 2023

Mariana Marchena  

“El que de ustedes esté sin pecado sea el primero en tirarle una piedra”. Juan 8, 1-11. 

La cárcel es aquél escenario que nos pone a prueba como espectadores siempre desde unas butacas cómodas donde compartimos lugares VIP con muchos prejuicios. Es normal, el sistema se ha encargado desde siempre de anular todo lo que tenga que ver con los centros penitenciarios. Y lo poco que se sabe es por medio de las portadas de periódicos amarillistas, series y películas que nos muestran la peor cara (que también existe), sexo, drogas, suicidios, pandillas, corrupción, torturas etc., pero también encontramos arrepentimiento, perdón, reconciliación y ganas de reinserción. 

Hace más de 10 años siendo Directora de la Ong. Quiero Paz realizamos un documental  Voluntad y Paz, del Director Carlos Beltrán, que narra la historia de 3 expresidiarios que hablan de la vida antes, durante y después de haber pasado por lo que ellos catalogan como un «Cementerio de Hombres Vivos.» Se trata de una vista íntima al sistema penitenciario Venezolano.

Al presentar el documental también presentamos a sus protagonistas, personas de carne y hueso que cometieron errores y los pagaron con creces en la cárcel y siguen pagando aun estando “en Libertad” en una sociedad que no perdona y que se cree mejor moral y éticamente que “esos, que están privados de Libertad por delincuentes”. Un mal de toda la vida y ahora exacerbado en la postmodernidad es nuestra capacidad de creernos opinadores y jueces.

A pesar del éxito del documental y de la reinserción clara y pública de los protagonistas, también recibimos una lluvia de amenazas, vetos y críticas por “enaltecer” la delincuencia y tener la absurda idea de que TODOS necesitamos una segunda oportunidad. No había justo medio, había colegios, ONG y empresas que nos pedían transmitir el documental para sensibilizar sus espacios y otros que simplemente se escandalizaron… Gilber, Vladimir y Yadira hoy han arado el camino social y laboral para los privados de libertad que estén y hayan cumplido su condena.

Hoy 10 años después la sociedad continúa confundida de cara a cómo son y qué se merecen estas personas que están cumpliendo su condena; parece tonto hacer la aclaratoria, pero hay muchos delincuentes libres que blanquean su delito, con campañas políticas, conciertos, restaurantes, obsequios, fundaciones, favores, etc. y la inmensa mayoría con ayuda directa e indirecta nuestra.

No es mi deseo entonces romantizar los errores/delitos que han llevado a estas personas a cumplir una condena por demás justa, pero sí reconocer que hay una vida después de la condena y que debemos triangular entre la administración penal (cuyo objetivo es la reparación de la víctima), la administración penitenciaria (cuyo objetivo es la reinserción del privado de libertad) y la sociedad.  

Hace días estuve 10 días en Martutene (1) con un grupo de campo de trabajo liderado por El Grupo Magis Donosti y  la Pastoral Ignaciana Penitenciaria en el marco del Encuentro y Reconciliación apostando por una reflexión y lectura en clave fe-justicia y compartiendo el horizonte de reconciliación que se abre en ese servicio y encuentro. Estando dentro ya pudimos acompañar a los privados de libertad mucho más de cerca, con talleres, diferentes actividades y momentos de juegos deportivos. Vimos al principio timidez, pero a lo largo que pasaban los días recibimos sonrisas, miradas de agradecimiento, mucho respeto, conversas una profundas y otras banales como quien habla con una persona en la cola de la compra, que igual no conocemos pero confiamos y hablamos de cualquier cosa, tal vez uno de ellos puede ser un ex privado de libertad y no lo sabemos con lo cual no le juzgaríamos ni esconderíamos nuestra cartera y móvil por temor a que nos robe.

Estando adentro por momentos tanto ellos como nosotros olvidamos que estábamos entre muros, concertinas, cámaras, celdas, puertas cerradas y vigilantes. Hay mucho por cambiar y aprender pero aquí está el verdadero reto como diría  Madeleine Delbrel en La Alegría de Creer Sal Terrae (1964), p. 168.  “ir al mundo, aceptar el compromiso cristiano en el mundo, conocer, asumir y codearse con todo lo que en cada hombre, prójimo, cercano o no tan cercano, es ajeno y opuesto a Dios.

Penetrar allí dónde, en cierta manera, Dios no está, caminar hacia lo desconocido designio de la redención; caminar como un hombre en medio de los hombres, pero como un hombre habitado por Dios”. Para todos nuestra primera opción será casi siempre juzgar u opinar basándonos en lo que hemos aprendido y aprehendido a lo largo de la vida, sin embargo, me permití la invitación y ahora la sugiero, de mirar con el corazón ante este encuentro inesperado particular como lo es entrar en un centro penitenciario y estar frente a frente con aquellos que creemos peores que nosotros por ellos estar dentro y nosotros fuera sin saber separar el delito de la persona, como escribiría en su momento Concepción Arenal: «Odiar el delito y compadecer al delincuente”.

Tuvimos la oportunidad de celebrar la libertad de tres de los internos, una mujer y dos hombres. Uno de ellos, al cabo de unos días nos contactó y nos encontramos en la calle, disfrutamos del aire libre y de las pequeñas cosas como la lluvia, un buen café y una Coca-Cola. Nos comentaba de lo rico que cocinaba su madre, de la alegría de los nietos y lo inigualable de su cama. No es una apuesta fácil, es compleja, pero no imposible. Teniendo en cuenta que es NECESARIA una sociedad más inclusiva, sin separar lo inclusivo de la justicia claro está. En la cárcel, como en la vida, hay miedo, risas, lágrimas, rabia, preguntas, injusticias, alegrías, pero no hay cabida para el perdón ni afuera ni adentro. Pero está en nosotros como sociedad que miremos con ojos más abiertos y compasivos y menos etiquetas y cambiemos esta realidad.